martes, 27 de mayo de 2014

LO QUE DEBES SABER PARA COMPRAR TU CASA EN MÉRIDA


Vivir en Mérida, Yucatán, es asegurar la educación de tus hijos y la seguridad de tu familia, si ya tomaste la decisión de adquirir una vivienda, puedes solicitar y tramitar un crédito hipotecario, buscar el inmueble que más se ajusta a tus necesidades y a tu gusto. Ahora solo tienes que seguir por el camino correcto que te convertirá en dueño legal de la casa de tu preferencia.

PRIMERO.- Debes asegurar todo legalmente, conocer los documentos más importantes en la compra de tu casa, así como la información que debes revisar en cada uno de ellos.
Escritura: Este documento otorga seguridad jurídica, incluye información tal cómo: dimensiones del terreno, metros cuadrados construidos, nombre del propietario o copropietarios, en su caso, (única persona que puede vender la propiedad) y bajo qué régimen fue adquirido.
Documentos: Solicita copia de las escrituras, copia del IFE del propietario, cédula catastral, último pago de predial y comprobante de domicilio. Estos son los pilares para saber que la casa que estás por comprar está en regla.

SEGUNDO.- Verificar adeudos, debes cerciorarte de qué compromisos tiene el predio en cuestión, para que se registre claramente en las cláusulas del contrato, o se liquiden previamente, así evitarás contratiempos cuando el proceso de compra esté más avanzado; estos pueden ser:
• Gravamen: Este término se refiere a aquellos adeudos por créditos hipotecarios o problemas de embargos a la propiedad. Un gravamen aplica a vivienda nueva y usada.
• Predial: En este rubro entran tanto propiedades nuevas como usadas. Es importante verificar que los pagos por este concepto estén al corriente.
• También debes consultar adeudos de servicios, Telefonía, luz, internet, tv de paga, entre otros, pues son cuestiones que el notario no revisa. Lo mismo aplica para las cuotas de mantenimiento y administración en caso de que se trate de un departamento o casa en condominio.

TERCERO.-  Hay que leer bien el contrato de compra-venta, generalmente los vendedores recurren a un contrato machote, lo cual no está mal, siempre y cuando contenga las cláusula específicas del acuerdo, pues no todas las compras son iguales, todo debe quedar por escrito y con su respectiva cláusula de penalización, para el caso de que alguna de las partes incumpla.
Cuando el contrato esté listo, date el tiempo necesario (un par de días) para revisarlo y mostrárselo a un abogado especialista para su visto bueno. Si tienes dudas es el momento de aclararlas con el vendedor y hacer las modificaciones pertinentes en el documento. Después de esta revisión y una vez que el contrato satisfaga a ambas partes, debes firmarlo, para ya iniciar el proceso final de compra.

CUARTO.- Para cerrar el acuerdo de negociación y dejar por escrito el interés de ambas partes por la compra-venta se recomienda dar un anticipo, ya sea con un cheque o hacer una transferencia bancaria a nombre del vendedor (propietario legal). Generalmente este anticipo es del 10% del precio ya negociado. Por supuesto este dinero debe tener un respaldo jurídico y no debes darlo sin algún documento firmado, es aquí donde entra al juego el contrato de compra venta.
En el caso de una propiedad nueva, el anticipo se conoce como enganche, este monto varía entre 10 y 30% sobre el valor de la propiedad. Con este enganche se firma un contrato de promesa de compra-venta, en el caso de edificios o casas en construcción, para aquellos que son de entrega inmediata se firma ya el contrato de compra-venta.
Una vez que el notario tiene la certeza de no adeudos, gravámenes o problemas de derechos de propiedad, realiza un avalúo fiscal, con el cuál determinará los impuestos que deberás pagar como comprador.

QUINTO.- El notario elabora la escritura, y fija la fecha para la firma, la transmisión de derechos concluye cuando tanto comprador como vendedor se presenten a las oficinas notariales a la firma de las escrituras.
Es aquí cuando deberás liquidar la propiedad, ya sea con un cheque certificado o una transferencia bancaria, si optas por ésta última, deberás realizarla cuándo estés con el notario, para que desde sus oficinas él corrobore con el banco que el dinero ya se encuentra en la cuenta del vendedor.

SEXTO.- Una vez que las partes hayan firmado, el notario presenta copia de los siguientes documentos: avalúo y certificados de no adeudo al Registro Público, con el correspondiente pago de impuestos para que el Registro haga la inscripción de la operación de compra-venta.
Ahora sí, eres el dueño de la casa que has soñado.

Reimex Grupo Inmobiliario te acompaña en todo el proceso, acércate!


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