viernes, 29 de noviembre de 2013

ASPECTOS LEGALES DE LA COMPRAVENTA EN YUCATÁN



En este post vamos a dar unos tips de orientación para entender el proceso de un contrato de compraventa y los gastos inherentes al mismo. 

Todo empieza con un contrato de Compraventa el cuál es un documento por el cual uno de los contratantes (vendedor) se obliga a transferir el dominio de un inmueble a otro (comprador), quien a su vez se obliga a pagar un precio cierto y en dinero. 

Esto incluye además una lista de gastos entre los que están: avalúo, impuestos, derechos y honorarios notariales relacionados con la escrituración, etc

Algunos de los gastos detallados son los siguientes:


  • Honorarios del notario: En Yucatán, no existe un arancel uniforme para los notarios, pero la mayoría usa uno. Dicho arancel consiste en una tabla que indica lo aplicable a cobrar por el notario dependiendo del valor de la propiedad. Algunos cobran por separado el estudio que hagan para concretar la operación, además del análisis, planteamiento y resolución correspondiente a la operación, por lo que a los honorarios se le suma el Impuesto al Valor Agregado. Como complemento, pueden cobrarse dependiendo de la notaría ciertos gastos por gestoría.
  • Certificado de gravámenes: es necesario para estar seguros que no existe un derecho previo sobre el bien que se pretende adquirir, o si el inmueble no está afecto a alguna garantía que pudiese obstaculizar un ejercicio pleno de la propiedad sobre el mismo. En Yucatán, este derecho es de $391.00 pesos.
  • Derecho de inscripción en el Registro Público: sirve para publicar la propiedad sobre el bien y erigirse como legítimo propietario y así defender adecuadamente la propiedad frente a terceros. El derecho en Yucatán es de: $391.00 pesos. 
  • Derecho de calificación: En Yucatán, existe un derecho que se paga al Registro Público de la Propiedad, previo a la inscripción de la escritura pública de transmisión de propiedad, mismo que tiene un costo de $97.00 pesos.
  • Patente de Escritura Pública: Se basa en el valor de la contraprestación, es decir, el derecho que se paga por una escritura de $50,000.00 pesos no será el mismo que se pague por otra de $1’000,000.00 de pesos. 
  • Impuestos: se debe poner atención en los tres siguientes, ya que la proporción de los costos notariales correspondientes a impuestos y derechos es de alrededor del 85% del total.

  1. IVA: dependiendo del uso que se le dará al inmueble, se causará o no. Si es comercial, si se causa, si es residencial o solo terreno, no.
  2. ISR: si se considera un ingreso se causa, si no es así, no es imponible. 
  3. ISAI: este es un impuesto Municipal. Se calcula mediante una tabla, con tarifa progresiva dependiendo del valor del inmueble. En los municipios de Yucatán, este impuesto es del 2% valor de la contraprestación, excepto el Municipio de Progreso, que es del 3%.

  • Certificados sobre adeudos impuesto predial. En Yucatán, el derecho que se paga por el certificado de no adeudo de impuesto predial, varía según el municipio, por ejemplo, en Mérida, el derecho es por $61.00 pesos.
  • F2 Cédula y Plano: Una vez finalizada la inscripción de una escritura de enajenación (compraventa, donación, etc), se deberá actualizar la cédula catastral del mismo, con los datos de la escritura pública y el nombre del propietario. El derecho que se paga por este concepto es de $576.00 pesos en el Municipio de Mérida.

El listado anterior incluye los gastos más representativos para realizar una compraventa si necesitas más información en Reimex te ayudamos ¡Contáctanos! 

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