viernes, 20 de septiembre de 2013

Turibus

 PASEO POR LA CIUDAD DE MÉRIDA


Cuando visites Mérida recuerda que podrás visitar los lugares más interesantes y culturales a bordo del turibús en un recorrido de una hora y 45 minutos, en este bus vas a poder admirar la belleza de sus edificios históricos, la magia de sus calles y barrios así como el calor de su gente, te llevara a un viaje en donde se combina la Mérida colonial y la Mérida contemporánea, un punto importante es que durante el recorrido habra 7 estaciones donde puedes bajar; es decir; visitar los museos más importantes en la ciudad como el de Antropología e Historia establecido en el Palacio Cantón que fue la antigua residencia de los gobernadores de Yucatán, caminar por los mercados de artesanías y barrios antiguos de la època colonial, y podrás admirar también los imponentes palacios y edificios que se encuentran en la avenida paseo de Montejo y demás, cada 45 minutos pasará el siguiente turibús al que puedes abordar con tu mismo boleto y brazalete ya que éstos son válidos durante todo el día.
Es el único servicio de paseos por la ciudad que cuenta con autobuses con un segundo piso, en cada autobús cuentas con el apoyo de un anfitrión que te guiara para conocer otros puntos de interés ya sea dentro o fuera de Mérida, seleccionar los mejores restaurantes típicos y mercados de artesanías, y consejos acerca de las actividades recreativas y culturales que organiza el ayuntamiento cada día de la semana sin costo.
 Para comenzar o continuar tu recorrido turístico únicamente tienes que verificar los horarios en los que estará pasando el Turibus en cada estación.

Podras acceder a toda la informacion que requieras en este enlace:

http://www.merida.gob.mx/turismo/contenido/especiales/turibus/pop_turi.htm



martes, 17 de septiembre de 2013

Trámites migratorios para visitantes en México


Los servicios migratorios pueden gestionarse en las 32 delegaciones regionales del Instituto Nacional de Migración y en sus respectivas subdelegaciones regionales y locales.

Para la gestión, el extranjero o su representante legal deberá utilizar el formato "Solicitud de Trámite Migratorio" y cumplir con los requisitos señalados para cada caso.

Todos los requisitos deberán ser presentados en original y copia para cotejo de la autoridad migratoria. Los originales serán devueltos al solicitante, con excepción de las cartas y escritos dirigidos al Instituto Nacional de Migración.

Los documentos emitidos en el exterior (con excepción del pasaporte o los documentos de identidad y viaje), deberán ser apostillados por la autoridad gubernamental del país emisor, o bien, legalizados por el consulado mexicano correspondiente y en su caso, traducido al español por perito oficial.

 La presentación de la solicitud y los requisitos, le garantiza al promovente una respuesta en los plazos legales (35 días calendario), pero no necesariamente será ésta en sentido afirmativo o conveniente a sus intereses.



Visitantes Extranjeros

1. Formato oficial de Solicitud de Internación a México

2. Pasaporte vigente del extranjero.

3. Comprobar fehacientemente la actividad que pretende desarrollar en el país.

4.En caso de menores, permiso notariado de los padres, apostillado por autoridad gubernamental del país emisor o legalizado por el consulado mexicano correspondiente y traducido al español, indicando el tiempo de permanencia autorizada al menor.
6.El solicitante acreditará en forma fehaciente su solvencia económica, la cual deberá ser suficiente, a juicio de la autoridad migratoria, para atender las necesidades de sus familiares.

Los extranjeros nacionales de países que no requieren visa para entrar a Méxco, podrán internarse como Visitantes personas de negocios o consejeros por una temporalidad máxima de 30 días, presentando ante la autoridad migratoria en el punto de internación los siguientes documentos:

1. Pasaporte vigente.

2. Forma migratoria de Turista, Transmigrantes, Visitante persona de negocios y Visitante consejero.

La forma migratoria puede obtenerse en los puntos de internación a México, en las líneas aéreas o en agencias de viaje, así como en las Oficinas Consulares de México en el exterior.

Fiestas patrias de septiembre


El 15 de septiembre se celebra en México el Grito de Independencia, grito que Miguel Hidalgo y Costilla diera en el pueblo de Dolores la madrugada del 16 de septiembre de 1810.

Se celebra el día 15 por que el ex Presidente Porfirio Díaz movió la fecha "unas horas" para que coincidiera con su cumpleaños: 15 de septiembre.

La noche del 15, en cada plaza pública del país se conmemora este suceso que dio inicio al movimiento insurgente. El jefe del Ejecutivo hace las veces de Miguel Hidalgo convocando al pueblo a la insurgencia.






La gente acostumbra a ir a la plaza principal de su ciudad a cenar antojitos mexicanos, a convivir con su familia, escuchar música popular mexicana, a bailar y a disfrutar los tradicionales fuegos artificiales.

El 16 de septiembre, por la mañana, la gente suele asistir o ver por TV el Desfile Militar organizado por el Gobiero Federal (en la cd. de México) y por los gobiernos estatales.

Mucha gente coloca banderas en sus automóviles o en la azotea de sus casas desde principios del mes.

También se puede encontrar en la calle numerosos puestos vendiendo sombreros de palma, cornetas, silbatos, bigotes falsos y banderas de todos los tamaños.

El 15 de septiembre suele trabajarse medio día y el 16 es feriado oficial. ¡El tequila, el pozole  y los tamales de verde y rojo no pueden faltar!

¡Viva México!



La calidez de sus habitantes y la riqueza en cultura del estado, atrapan a los extranjeros pensionados

 La calidez de sus habitantes, la tranquilidad que reina en la ciudad, los sabores de la comida regional e incluso el clima hacen de Mérida un sitio atractivo para muchos extranjeros que escogieron esta ciudad para residir y que ahora se siente plenamente integrados a ella.


“Esta es mi casa, y lo será por los siglos de los siglos, amén”, dice un pensionado de 73 años de edad.
“No hay otro lugar como Mérida, es una ciudad tranquila y con gente amable”, afirma el estadounidense, nacido en Chicago y con 18 años radicando en esta capital.
Muchos de los extranjeros que radican en Mérida duermen en hamaca, disfrutan la cochinita pibil, son inmunes al chile habanero, aprecian el Hanal Pixán y visitan los mercados populares.



También les gusta el ambiente de Mérida en Domingo, les atrae el colorido y movimiento de las familias en convivencia.
Detalles que, en opinión de extranjeros radicados en Mérida, la hacen atractiva.
Clima y cultura
Los mercados populares, la playa, el clima tropical, los espectáculos públicos al aire libre y los frecuentes eventos culturales son parte de lo que atrae a los extranjeros.



Costumbres
Muchos adoptaron ya la costumbre de los “pibes”, la rosca de reyes y las comidas acompañadas de tortillas y chile.

Yucatán, un paraíso residencial



Yucatán se convirtió en el nuevo paraíso residencial para los extranjeros. En los últimos seis meses la mitad de las casas que se vendieron en el Centro Histórico de Mérida y en la costa yucateca fueron adquiridas por gente originaria de otros países, sobre todo de los Estados Unidos y Canadá.


En la Península, la demanda de casas habitación, propiedades y terrenos aumentó en un 60 por ciento y la tendencia de comprar bienes inmuebles en Yucatán por extranjeros se mantiene al alza, ya que a nivel mundial se ve a la entidad como una de las mejores opciones para tener una residencia, en especial en el Centro Histórico y en la costa.



Y es que después de visitar las bellezas naturales y turísticas de la entidad y de conocer la hospitalidad de la gente, muchos extranjeros, en especial gente de la tercera edad, deciden pasar largas temporadas, y en no pocos casos, hacer del Estado su lugar de residencia.



Cabe indicar que el descenso de turismo extranjero también es atribuido a la crisis económica de los Estados Unidos y a la difícil situación financiera de la Comunidad Europea, cuyos efectos, según empresarios del ramo, han convertido a México en un destino turístico ideal. 

jueves, 12 de septiembre de 2013

Eres extranjero y buscas adquirir una propiedad en la costa mexicana? Parte II


En segundo lugar tratándose del derecho de adquirir bienes inmuebles en la zona restringida para ser destinados a fines residenciales, la Ley de Inversión Extranjera establece en su capítulo segundo la adquisición a través de la figura del fideicomiso.
La Ley de referencia, establece que las sociedades mexicanas sin cláusula de exclusión de extranjeros y las personas físicas y morales extranjeras, pueden adquirir derechos sobre bienes inmuebles en zona restringida a través de un fideicomiso en el que formen parte como fideicomisarios, sin embargo el objeto de este debe permitir la utilización y el aprovechamiento de los inmuebles pero sin constituir derechos reales sobre ellos.

Dentro de los requisitos de forma que dispone la Ley de Inversión Extranjera, para este tipo de adquisición de inmueble en zona restringida, es indispensable solicitar el permiso de la Secretaria de Relaciones Exteriores para que instituciones de crédito adquieran como fiduciarias derechos sobre los inmuebles ubicados en zona restringida. Esta Secretaria se encargará de resolver este tipo de permisos, tomando en consideración el beneficio económico y social que el realizar estas actividades implique para la nación, así mismo será la autoridad encargada de supervisar las condiciones sobre las que se haya otorgado el permiso, así como de vigilar que se lleve a cabo el cumplimiento de los avisos que se deben dar con motivo de la referida autorización.

La figura del fideicomiso encuentra su sustento legal en el Capitulo V de la Ley General del Títulos y Operaciones de Crédito, y regula los derechos y obligaciones de las partes que intervienen en él. Mediante el fideicomiso, una persona denominada fideicomitente transmite a una institución fiduciaria la propiedad o la titularidad de uno o más bienes o derechos, que en este caso son los bienes inmuebles en zona restringida, para fines lícitos y determinados, encomendando la realización de dichos fines a la propia institución fiduciaria y de acuerdo con las condiciones que establezca el propio contrato para evitar conflictos de intereses. 

El plazo de vigencia de este tipo de fideicomisos, es por un periodo máximo de cincuenta años, ahora bien, transcurrido dicho plazo puede ser renovado a petición de la parte interesada, puede considerarse que es perpetuamente renovable, sin embargo no hay que perder de vista que se necesita la autorización de la Secretaria de Relaciones Exteriores, para cada renovación del contrato.

En cuanto a la forma que debe revestir el fideicomiso, ésta ha de ser por escrito a través de la firma de un contrato de fideicomiso entre las partes. Cabe señalar, que al tratarse de bienes inmuebles, este debe ser inscrito en el Registro Público de la Propiedad del lugar en que los bienes inmuebles se encuentren ubicados, para que pueda surtir efectos contra terceros, este será desde la fecha de inscripción en el Registro Publico.
Esperamos haberle proporcionado una orientación en el tema y nos ponemos a su disposición para  cualquier información y asesoría.

Eres extranjero y buscas adquirir una propiedad en la costa mexicana? Parte I


En nuestro país es factible para los mexicanos adquirir bienes inmuebles, sin embargo, tratándose de extranjeros Nuestra Carta Magna establece claros lineamientos para ello, en el artículo 27 Constitucional, que a la letra, menciona: “Solo los mexicanos por nacimiento o por naturalización y las sociedades mexicanas, tienen derecho a adquirir el dominio de las tierras y obtener la concesión para la exploración y explotación de minas y aguas en territorio nacional. El Estado podrá conceder a los extranjeros el mismo derecho siempre que convengan ante la Secretaría de Relaciones Exteriores en considerarse como mexicanos y en renunciar a invocar la protección de su Gobierno por lo que se refiere a aquéllos, bajo la pena, en caso de faltar al convenio, de perder en beneficio de la Nación los bienes que hubieren adquirido en virtud de los mismo. En una faja de cien kilómetros a lo largo de las fronteras y de cincuenta en las playas, por ningún motivo podrán los extranjeros adquirir el dominio de tierras y aguas”. La anterior faja, es la conocida como "Zona Restringida".


La Ley de Inversión Extranjera, con el objeto de encauzar dicho tipo de inversión y apoyar  el desarrollo del país, ha previsto mecanismos para que la personas físicas o morales extranjeras puedan adquirir bienes inmuebles en la llamada zona restringida. Dentro de dicho dispositivo legal se establece que únicamente pueden ser a través de la constitución de sociedades mexicanas o bien los fideicomisos sobre bienes inmuebles en zona restringida.


En primer lugar, se establece la adquisición de propiedades por medio de Sociedades Mexicanas que contengan cláusula de admisión de extranjeros o también llamada cláusula Calvo, la Ley de Inversión Extranjera estatuye que este tipo de sociedad podrá adquirir el dominio de bienes inmuebles en el territorio nacional en la zona restringida, siempre que estos sean destinados a la realización de actividades no residenciales, con la salvedad que deben cumplir con el requisito de dar aviso de dicha adquisición a la Secretaria de Relaciones Exteriores, dentro de los sesenta días hábiles en que esta se realice.


Las formalidades que deben seguirse para esta transmisión de propiedad es que tiene que realizase a través de un contrato de compraventa elevado a escritura pública ante fedatario público, la cual debe ser inscrita ante el Registro Público de la Propiedad del lugar donde se ubica el bien inmueble.